Acreedor: Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC)
Dom. Real: Gorriti 272 Localidad: Lomas de Zamora
Dom. Constituido: Gorriti 272 Localidad: Lomas de Zamora
Profesional Asistente: María Alejandra Llaca Tº XV Fº 507 CALZ
Causa Invocada: aportes y contribuciones de obra social adeudados.
Privilegio Invocado: Privilegio General
I. Documentación Presentada:
Elementos Presentados: solicitud de verificación, poder general judicial, certificado de deuda, anexo certificado de deuda, acta de inspección 1.638.373, verificación de deuda.
II. Antecedentes e Información Obtenida:
Observaciones recibidas: no se recibieron observaciones a la presente insinuación.
Documentación compulsada por la Sindicatura: se procedió a compulsar la documentación presentada por la insinuante y la documentación y libros presentados por la concursada.
III. Monto:
Monto que Solicita Verificar $ 392,53
General: $ 392,53
IV. Opinión de la Sindicatura:
Se presenta la Dra. María Llaca explicando el origen de la deuda, acompañando documentación respaldatoria y calificando su crédito con el privilegio general.
Esta Sindicatura procedió a examinar las constancias aportadas por el insinuante, corroboró los libros contables de la concursada, donde los importes se encuentran registrados a fs. 418, 432, 442 y 445 del Libro Diario oportunamente intervenidos por el Juzgado.
En tanto la causa, el origen del crédito se encuentra debidamente justificado.
Respecto del privilegio solicitado, la ley 24.522 (t.o. y sus modificaciones) reconoce, en su artículo 246 inciso 2, el privilegio general al capital adeudado a los organismos de los sistemas nacionales de seguridad social, en el que las obras sociales se encuentran incluidas, no así respecto de los intereses.
En cuanto a los intereses solicitados, en tanto los calculados por el insinuante no superan los importes que corresponderían por aplicación de la tasa activa, no se procede a su morigeración.
Habiendo la insinuante acreditado la causa de su crédito, el monto y el privilegio invocado, entiende la suscripta que debe aconsejar declarar admisible la presente solicitud.
Categoría del Crédito: Quirografario por los intereses
General por el capital
Monto Aconsejado por la Sindicatura:
Capital: $ 364,19
Intereses: $ 28,34
Total Aconsejado: $ 392,53
Privilegio Quirografario: $ 28,34
General: $ 364,19
Período |
Mora |
Importe |
Interés reclamado |
Total |
Jun-02 |
11/7/02 |
$ 115,47 |
$ 18,47 |
$ 133,94 |
Sep-02 |
09/10/02 |
$ 81,38 |
$ 5,70 |
$ 87,08 |
Oct-02 |
11/11/02 |
$ 83,28 |
$ 3,33 |
$ 86,61 |
Nov-02 |
11/12/02 |
$ 84,06 |
$ 0,84 |
$ 84,90 |
Total |
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$ 364,19 |
$ 28,34 |
$ 392,53 |
Arancel |
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$ - |
Gran Total |
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$ 392,53 |
Dictamen:
Por las razones precedentemente expuestas esta Sindicatura entiende, cuando no medió impugnación alguna respecto de la solicitud formulada, debe aconsejar declarar admisible el crédito insinuado por $ 364,19 con el Privilegio General y $ 28,34 carácter de quirografario.